El Juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia ha dictado sentencia condenatoria, aún no firme, imponiendo la mayor pena conocida hasta el momento en la región por intrusismo profesional en Odontología, estafa y lesiones imprudentes. El acusado ejerció actividades propias de la odontología sin contar con la titulación necesaria durante al menos una década en una clínica dental.
La condena impuesta suma un total de tres años y tres meses de prisión, además de una pena de inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad relacionada con la Odontología y prótesis dentales durante cuatro años. Asimismo, el acusado ha sido condenado a indemnizar económicamente a las víctimas con cantidades que superan en total los 40.000 euros, derivadas de los daños físicos y económicos sufridos.
El Consejo General de Dentistas de España ha felicitado al Colegio de Dentistas de Extremadura, y a su abogado Juan Ramón Corvillo, del despacho cacereño Corvillo Abogados, por su actuación en calidad de acusación particular.
Por su parte, la Presidenta del Colegio de Dentistas de Extremadura, María Paz Moro, ha incidido en la importancia de que la ciudadanía acuda siempre a profesionales sanitarios debidamente cualificados y colegiados, como garantía de seguridad y protección frente a riesgos que pueden comprometer gravemente su salud y bienestar. «El Colegio ha desempeñado un papel esencial en este caso, demostrando su compromiso con la protección de los pacientes y la defensa de la salud pública, así como con el respeto y cumplimiento de los estándares profesionales y éticos, y no puedo por menos que felicitar a nuestro equipo jurídico, encabezado por Juan Ramón Corvillo, que ha luchado encarecidamente como Letrado de la acusación durante todo el tiempo que ha durado este proceso», ha asegurado.
«Nuestra Organización Colegial seguirá persiguiendo contra el intrusismo profesional y velando por los derechos tanto de los pacientes como del colectivo profesional que representamos», ha concluido la Dra. Moro.
Finalmente, cabe señalar que esta sentencia no es firme y podría ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Cáceres.
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